Sobre este particular de acuerdo a los argumentos expresados en el lineamiento doctrinal del punto
Sobre este particular de acuerdo a los argumentos expresados en el lineamiento doctrinal del punto III.2, se ha establecido que la adecuada técnica recursiva dentro del proceso civil, exige que el recurso de casación sea interpuesto en contra de los aspectos considerados y resueltos en la resolución de segunda instancia, es decir, contra el Auto de Vista, conforme orienta el art. 270.I del Código Procesal Civil, que señala; “El recurso de casación procede para impugnar autos de vista dictados en procesos ordinarios y en los casos expresamente señalados por Ley”, y ello precisamente porque la casación importa un medio impugnatorio cuya naturaleza vertical requiere que todos los reclamos formulados deban ir orientados a observar aspectos de forma y fondo que surjan de la determinación asumida por el Tribunal de segunda instancia, situación que no acontece en la presente litis, toda vez que la argumentación recursiva expuesta se avoca a observar aspectos inherentes a la Sentencia y no así al Auto de Vista, lo cual hace inviable el análisis de este tópico
- Proceso: Reivindicación y otros
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que fue apelada por Vaneza Alexandra Sosa Melgar, mediante el escrito
- CONSIDERANDO II
- 5
- Por lo expuesto solicita se emita Auto Supremo anulando obrados hasta el vicio más antiguo
- Respuesta al recurso de casación
- 1
- 2
- CONSIDERANDO III
- Sobre este tema el Auto Supremo Nº 493/2014 de fecha 4 de septiembre, ha expresado
- III.3.- De la incongruencia omisiva
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- En ese entendido, el Tribunal de casación a momento de realizar el análisis sobre los
- Asimismo la Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado el principio de congruencia en la SC Nº 0486/2010-R
- Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- Expuesta como está la doctrina aplicable al presente caso, corresponde enunciar las siguientes consideraciones
- Ahora bien en el punto 4) del recurso de casación, la recurrente acusa la falta
- Sobre este particular de acuerdo a los argumentos expresados en el lineamiento doctrinal del punto
- Finalmente en el punto 5) del recurso de casación, la recurrente acusa la incongruencia omisiva
- Al respecto corresponder tomar en cuenta, que de acuerdo a lo desarrollado en el punto
- Se regula honorarios profesionales en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizu.
