Auto Supremo AS/0432/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0432/2018

Fecha: 28-Nov-2018

Argumenta además, con relación al instituto jurídico de la prescripción en materia laboral, requiriéndose para

Argumenta además, con relación al instituto jurídico de la prescripción en materia laboral, requiriéndose para ello, el transcurso del tiempo legal preestablecido, y la inacción o silencio voluntario del acreedor durante ese plazo, señalando que en materia laboral, respecto a la prescripción extintiva, lo regula el art. 120 de la Ley General del Trabajo, determinando que: “Las acciones y derechos provenientes de esta ley, se extinguirán en el término de dos años de haber nacido ellas”, corroborado ello, en el art. 163 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo, siendo que los supuestos derechos reclamados fueron anteriores al régimen constitucional vigente, y al no haber reclamado sus derechos, demostrando la prescripción de estos supuestos derechos demandados, existiendo únicamente el reclamo ante el Ministerio de Trabajo, de fecha 31 de marzo de 2010, conforme a la nota de fs. 17 a 18 de obrados