Auto Supremo AS/0676/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0676/2018

Fecha: 27-Nov-2018

En el punto 3

En el punto 3. del mismo considerando, expresa la inobservancia del art. 202.a) del CPT y el art. 5 del CPC, pues se suprimió una parte estructural del fallo, tomando una decisión de hecho y no así de derecho, vulnerando el debido proceso, impidiendo a las partes conocer las razones congruentes con su petición a efectos de una futura impugnación y al Tribunal Ad-quem cumplir con su función de revisión del fallo, por lo tanto, dispone la anulación de la Sentencia dictada por incumplimiento de las normas señaladas y que el Juez A-quo emita nueva considerando los fundamentos expuestos