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    Auto Supremo AS/0676/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0676/2018

    Fecha: 27-Nov-2018

    Regístrese, notifíquese y devuélvase.

    Regístrese, notifíquese y devuélvase.
    • Tramitado el proceso laboral para el pago de beneficios sociales y derechos laborales, la Juez
    • En grado de apelación deducida por el demandado de fs
    • Ante la determinación del Auto de Vista, el demandado Oscar Eloy Zamora Aparicio, propietario del
    • Interpuesto el recurso de casación, el recurrente establece que el Auto de Vista impugnado, le
    • 3
    • El acta de entrega cursante a fs
    • Tampoco se considera las certificaciones del Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), de la Asociación
    • Por lo tanto, al haberse violentado el debido proceso, en aplicación del art
    • -De las nulidades procesales
    • Por otra parte, el art
    • En correspondencia con lo normado por la Ley N° 025, el Código Procesal Civil, Ley
    • Precisamente por ello es necesario contrastar la denuncia de nulidad con los principios que rigen
    • De los antecedentes del proceso, se tiene que la Sentencia emitida por el Juez de
    • Siguiendo la fundamentación del Auto, en el punto 2
    • En el punto 3
    • Consiguientemente, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el art
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
    • Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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