Auto Supremo AS/0678/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0678/2018

Fecha: 27-Nov-2018

Al respecto, es profusa la jurisprudencia respecto de la interpretación de la relación laboral y

Al respecto, es profusa la jurisprudencia respecto de la interpretación de la relación laboral y el contrato suscrito entre partes, debiendo tenerse presente como indica el Auto Supremo Nº 228 de 5 de mayo de 2008, correspondiente a la Sala Social y Administrativa Primera de la entonces Corte Suprema de Justicia, criterio compartido por este Supremo Tribunal de Justicia a través de los Autos Supremos Nº 54 de 17 de mayo de 2012 y Nº 60 de 29 de mayo 2012, emitidos por la Sala Social y Administrativa Liquidadora; que entre otros, refieren que no es el nombre del contrato el que determina la relación de dependencia laboral, sino las características materiales de la prestación de servicios; por lo cual, más allá de la denominación contractual entre el actor y la empresa demandada, debe prevalecer los hechos para calificar el tipo de relación, pudiendo señalarse una relación de trabajo por comisión o como comisionista al trabajador, pero puede ser otra la figura de la relación, conforme a los hechos acontecidos durante la relación entre partes