Ahora, en cuanto a la falta de motivación acusada, está claro que es innegable que
Ahora, en cuanto a la falta de motivación acusada, está claro que es innegable que la motivación de las resoluciones judiciales constituye un deber jurídico, consagrado constitucionalmente como uno de los elementos del debido proceso, que se convierte en una garantía de legalidad procesal para proteger la seguridad jurídica, la racionalidad y fundamentación de las resoluciones judiciales o administrativas, y la motivación debe permitir vislumbrar con claridad las razones de decisión por las que se confirmó o se modificó un fallo de instancia; esto implica que todo administrador de justicia a momento de resolver una controversia sometida a su conocimiento, debe inexcusablemente exponer los hechos, los razonamientos relacionados con el análisis y valoración del acervo probatorio, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva de la misma, y en alzada se debe resolver todos los agravios expuestos en la apelación, con los principios de congruencia, pertinencia y exhaustividad
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales por Luisa Norha Yana Chami, y
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, Lourdes Leonor Mancilla Vidal interpuso recurso de apelación, de fs
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la parte demandada, formuló recurso de casación en
- El Auto de Vista en forma genérica, refiere sobre el principio de inversión de la
- El contenido del Auto de Vista recurrido, se limita a establecer agravios y citar normativa
- En ese entendido, el Auto de Vista resulta retórico, doctrinal sin que se valoren los
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación, solicita, se anule el Auto de Vista recurrido, y se
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en la forma, es necesario realizar las
- La acusación sobre la forma de desvinculación laboral, es una infracción que hace al fondo
- Ahora, en cuanto a la falta de motivación acusada, está claro que es innegable que
- Pero en el caso de autos, el Tribunal de apelación, otorga una respuesta motivada y
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
