I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 686
Sucre, 27 de noviembre de 2018
Expediente : 376/2017
Demandantes : Luisa Norha Yana Chami
Demandado : Lourdes Leonor Mancilla Vidal
(propietaria de la Consultora Mancilla)
Proceso : Pago de beneficios sociales
Distrito : Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en la forma, de fs. 298 a 301, interpuesto por Lourdes Leonor Mancilla Vidal, propietaria de la Consultora Mancilla, contra el Auto de Vista N° 009/2017 de 18 de enero, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, de fs. 292 a 294; dentro del proceso de pago de beneficios sociales interpuesto por Luisa Norha Yana Chami contra la recurrente; el memorial de respuesta al recurso, de fs. 305 a 306; el Auto de 13 de julio de 2017, que concedió el recurso (fs. 307); el Auto Supremo Nº 376-A de 30 de agosto de 2017 (fs. 316), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto; los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 686
Sucre, 27 de noviembre de 2018
Expediente : 376/2017
Demandantes : Luisa Norha Yana Chami
Demandado : Lourdes Leonor Mancilla Vidal
(propietaria de la Consultora Mancilla)
Proceso : Pago de beneficios sociales
Distrito : Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en la forma, de fs. 298 a 301, interpuesto por Lourdes Leonor Mancilla Vidal, propietaria de la Consultora Mancilla, contra el Auto de Vista N° 009/2017 de 18 de enero, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, de fs. 292 a 294; dentro del proceso de pago de beneficios sociales interpuesto por Luisa Norha Yana Chami contra la recurrente; el memorial de respuesta al recurso, de fs. 305 a 306; el Auto de 13 de julio de 2017, que concedió el recurso (fs. 307); el Auto Supremo Nº 376-A de 30 de agosto de 2017 (fs. 316), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto; los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales por Luisa Norha Yana Chami, y
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, Lourdes Leonor Mancilla Vidal interpuso recurso de apelación, de fs
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la parte demandada, formuló recurso de casación en
- El Auto de Vista en forma genérica, refiere sobre el principio de inversión de la
- El contenido del Auto de Vista recurrido, se limita a establecer agravios y citar normativa
- En ese entendido, el Auto de Vista resulta retórico, doctrinal sin que se valoren los
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación, solicita, se anule el Auto de Vista recurrido, y se
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en la forma, es necesario realizar las
- La acusación sobre la forma de desvinculación laboral, es una infracción que hace al fondo
- Ahora, en cuanto a la falta de motivación acusada, está claro que es innegable que
- Pero en el caso de autos, el Tribunal de apelación, otorga una respuesta motivada y
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
