Expuestos así los argumentos del recurso de casación en la forma, es necesario realizar las
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Expuestos así los argumentos del recurso de casación en la forma, es necesario realizar las siguientes consideraciones:
Sobre la vulneración al art. 180 de la CPE, respecto del abandono de la actora de su fuente laboral, por lo cual no corresponde asumir que se efectuó un despido; debe tenerse presente que, más allá de que: no se argumenta como se violó, aplico erróneamente, la norma aludida, especificando en qué consiste la vulneración que acusa, al no ser suficiente la simple enunciación de la norma que se considera vulnerada, sin demostrar en términos claros y razonables, en qué consiste la infracción; alegando solo como fundamento la recurrente, que la ex trabajadora se apropió de dineros de los clientes de la consultoría, que estaban destinados a pagar sus impuestos, que es irracional que se la haya despedido, porque se le garantizó un préstamo de dinero, y tenía que continuar trabajando, exponiendo apreciaciones subjetivas, no cumpliendo con la carga recursiva; este aspecto reclamado no condice con un recurso de casación en la forma, el cual fue planteado por la recurrente
Expuestos así los argumentos del recurso de casación en la forma, es necesario realizar las siguientes consideraciones:
Sobre la vulneración al art. 180 de la CPE, respecto del abandono de la actora de su fuente laboral, por lo cual no corresponde asumir que se efectuó un despido; debe tenerse presente que, más allá de que: no se argumenta como se violó, aplico erróneamente, la norma aludida, especificando en qué consiste la vulneración que acusa, al no ser suficiente la simple enunciación de la norma que se considera vulnerada, sin demostrar en términos claros y razonables, en qué consiste la infracción; alegando solo como fundamento la recurrente, que la ex trabajadora se apropió de dineros de los clientes de la consultoría, que estaban destinados a pagar sus impuestos, que es irracional que se la haya despedido, porque se le garantizó un préstamo de dinero, y tenía que continuar trabajando, exponiendo apreciaciones subjetivas, no cumpliendo con la carga recursiva; este aspecto reclamado no condice con un recurso de casación en la forma, el cual fue planteado por la recurrente
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales por Luisa Norha Yana Chami, y
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, Lourdes Leonor Mancilla Vidal interpuso recurso de apelación, de fs
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la parte demandada, formuló recurso de casación en
- El Auto de Vista en forma genérica, refiere sobre el principio de inversión de la
- El contenido del Auto de Vista recurrido, se limita a establecer agravios y citar normativa
- En ese entendido, el Auto de Vista resulta retórico, doctrinal sin que se valoren los
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación, solicita, se anule el Auto de Vista recurrido, y se
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en la forma, es necesario realizar las
- La acusación sobre la forma de desvinculación laboral, es una infracción que hace al fondo
- Ahora, en cuanto a la falta de motivación acusada, está claro que es innegable que
- Pero en el caso de autos, el Tribunal de apelación, otorga una respuesta motivada y
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
