Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales por Luisa Norha Yana Chami, y
Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales por Luisa Norha Yana Chami, y tramitado el proceso, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, pronunció la Sentencia de 31 de mayo de 2013, de fs. 269 a 273, declarando probada en parte la demanda de fs. 8 a 9, aclarada a f. 13; disponiendo que la demandada cancele a favor de la actora, la suma de Bs.10.226,67.- (diez mil doscientos veintiséis 67/100 bolivianos), por concepto de beneficios y derechos laborales detallados en ese fallo; sin perjuicio de la multa y actualización prevista en el D.S. Nº 28699 de 1 de mayo de 2006
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales por Luisa Norha Yana Chami, y
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, Lourdes Leonor Mancilla Vidal interpuso recurso de apelación, de fs
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la parte demandada, formuló recurso de casación en
- El Auto de Vista en forma genérica, refiere sobre el principio de inversión de la
- El contenido del Auto de Vista recurrido, se limita a establecer agravios y citar normativa
- En ese entendido, el Auto de Vista resulta retórico, doctrinal sin que se valoren los
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación, solicita, se anule el Auto de Vista recurrido, y se
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en la forma, es necesario realizar las
- La acusación sobre la forma de desvinculación laboral, es una infracción que hace al fondo
- Ahora, en cuanto a la falta de motivación acusada, está claro que es innegable que
- Pero en el caso de autos, el Tribunal de apelación, otorga una respuesta motivada y
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
