Auto Supremo AS/0687/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0687/2018

Fecha: 27-Nov-2018

Petitorio

Señala que la prueba presentada y que cursa a fs. 10, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 36, 37, 38, 39, 42, 129, 133, certifican que su persona de forma constante ha formulado reclamo ante la Empresa Minera Huanuni, por lo que mal podría argüirse que no activó su reclamo, habiéndose incurrido en error de hecho en la apreciación de la pruebas.
Acusa que la sentencia cursante de fs. 171 a 179, conforme consta de diligencia de fs. 180, le fue notificada al Asesor Legal de la Empresa Minera Huanuni en 9 de septiembre de 2016 a horas 12:24, quien luego formula recurso de apelación sin contar con la correspondiente representación legal, toda vez que a esa fecha el Poder con el que venía obrando ya no se encontraba vigente en razón a que, el conferente, Ing. Zelmar Andia Valverde, había renunciado, asumiendo tales funciones, el nuevo Gerente General de la Empresa Minera Huanuni, Ing. Jorge G. Venegas Miranda, desde 01 de septiembre de 2016, aspecto que, agrega, fue oportunamente reclamado por memorial en recursos de fs. 190, 203, empero dichos petitorios no fueron atendidos tanto por el juez de primera instancia así como por el Tribunal de Apelación.
Petitorio:
Concluye el memorial solicitando se case el auto de vista impugnado y se declare probada su demanda