Finalmente, corresponde dejar sentado, que los casos en los cuales existan Autos de Vista suscritos
Finalmente, corresponde dejar sentado, que los casos en los cuales existan Autos de Vista suscritos por Vocales distintos a los que fueron legalmente convocados para conocer el asunto y que incluso hubiesen participado en la audiencia de fundamentación de la apelación restringida, constituye una irregularidad que amerita subsanación, pues al generar incertidumbre en el justiciable sobre la revisión del expediente y sus antecedentes para arribar a la decisión asumida por parte de Vocales distintos a los convocados, vulnera la seguridad jurídica, resulta necesaria la participación de los Vocales convocados inicialmente y que llevaron adelante la audiencia de fundamentación de la apelación restringida
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 21/2017 de 28 de junio (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita disponer la anulación del Auto de Vista impugnado y ordenar el juicio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 444/2018-RA de 29 de junio, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 21/2017 de 28 de junio, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
- II.2. De la apelación restringida
- Contra la mencionada Sentencia, Ricardo Amachuy Chamoso interpuso recurso de apelación restringida, denunciando los siguientes
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
- III.1.La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- III.2. Análisis del caso concreto
- Así, el Auto Supremo 52/2012 de 19 de marzo, fue emitido dentro del proceso penal
- Al respecto es necesario expresar que siendo el derecho a la motivación de las resoluciones
- En ese entendido, no existe fundamentación en el Auto de Vista cuando se evidencia que
- Finalmente, corresponde dejar sentado, que los casos en los cuales existan Autos de Vista suscritos
- Por otro lado, el Auto Supremo 192/2016 de 14 de marzo, fue emitido dentro del
- Bajo este preámbulo, corresponde verificar si existe contradicción entre los precedentes citados con lo resuelto
- Así, el Auto Supremo 202/2013 de 16 de julio, fue emitido dentro del proceso penal
- En efecto, denunciada la insuficiente fundamentación de la Sentencia y la defectuosa valoración de la
- Bajo este preámbulo, corresponde verificar si existe contradicción entre el precedente citado con lo
- En consecuencia, tomando en cuenta lo fundamentado precedentemente, tampoco resulta evidente que el Tribunal de
- Por los fundamentos expuestos precedentemente, al no haberse demostrado la contradicción alegada con los precedentes
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
