Auto Supremo AS/1025/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1025/2018-RRC

Fecha: 16-Nov-2018

Arguyen, que el Tribunal de alzada en el cuarto considerando del Auto de Vista impugnado,


Arguyen, que el Tribunal de alzada en el cuarto considerando del Auto de Vista impugnado, sin considerar que en el juicio se incorporó las pruebas de cargo uno, dos y tres, consistentes en: formulario de denuncia, informe del asignado al caso y declaración informativa policial de Beatriz Canqui Fuentes y que sobre la procedencia de las exclusiones probatorias, la acusación particular y Ministerio Público, hicieron reserva de apelación restringida; empero, en su recurso de alzada no fundamentaron la misma dejando precluir su derecho a reclamar. El Tribunal de apelación, pretendería valorar las pruebas ocho, nueve, diez y once, que no fueron producidas en juicio, por lo cual el de alzada conocedor del mandato, previsto por el art. 407 del CPP, no debió mencionarlas en su fallo, menos sin antes pronunciarse sobre el Auto Interlocutorio que declaró probado el incidente de exclusión probatoria. Al respecto invocaron como precedentes: el Auto Supremo 140/2009 de 5 de marzo, que establece que para la producción de la prueba documental, ésta debe ser leída en audiencia; aspecto que, en el caso de autos no habría acontecido más que con las pruebas uno, dos y tres; Auto Supremo 399/2014-RRC de 19 de agosto, el cual fue transcrito parcialmente, resaltando que el mismo establece la prohibición de revalorar prueba por parte del Tribunal de apelación