El acusado denunció que el Tribunal de apelación de forma incorrecta alegó que el recurso
El acusado denunció que el Tribunal de apelación de forma incorrecta alegó que el recurso de alzada, estuvo fundado en la existencia del defecto de Sentencia previsto por el inc. 5) del art. 370 del CPP, cuando lo cierto sería que la norma habilitante invocada en su recurso fue el inc. 6) del precepto legal citado; error del fallo de alzada que vulneraría su derecho a contar con autoridades judiciales idóneas, debido proceso y seguridad jurídica, cuyo efecto nocivo, sería la falta de resolución de la circunstancia planteada en alzada
- I.1. Antecedentes
- Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 731/2018-RA de 17 de agosto, se
- Mediante Auto Supremo 731/2018-RA de 17 de agosto, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
- II.2. Del Auto de Vista impugnado
- Alega que el segundo motivo de apelación restringida, fue fundado en la existencia del defecto
- III.1. Análisis del caso en concreto
- El acusado denunció que el Tribunal de apelación de forma incorrecta alegó que el recurso
- Previo a resolver la proposición jurídica realizada, es conveniente recordar lo señalado por este Tribunal
- En el caso de autos, una primera circunstancia alegada por el recurrente, es que el
- Al respecto, conforme se desprende del acápite II
- Si bien es cierto que el Tribunal de alzada en la resolución impugnada identifica y
- Por lo expuesto, no es evidente que el Tribunal de alzada hubiera incurrido en incongruencia
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
