Auto Supremo AS/1030/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1030/2018-RRC

Fecha: 16-Nov-2018

Mediante Auto Supremo 731/2018-RA de 17 de agosto, cursante de fs


Que, su recurso de apelación restringida fue fundado en la existencia del defecto de sentencia previsto por el inc. 6) del art. 370 del CPP; empero, el Tribunal de alzada habría resuelto el defecto previsto por el inc. 5) de la norma Adjetiva Penal, referida a la falta de fundamentación, insuficiencia o que la misma sea contradictoria; lo cual a decir del impetrante vulneraría su derecho a tener autoridades judiciales idóneas que resuelvan con objetividad, imparcialidad, independencia, “legal de la prueba” (sic), pues independiente de la violación al debido proceso y seguridad jurídica, su recurso estaría sustentado en el defecto de sentencia que describe como defecto que: “la sentencia se base en hecho inexistentes o no acreditados en valoración defectuosa de la prueba”. Bajo el título de “EXPLICAICÓN DE LA CONTRADICCIÓN” (sic), refiere que ningún testigo refirió haber visto la agresión física; asimismo, el perito Walter Flores Espinoza no habría determinado la lesión por causa de un puñete, por lo que la versión de la víctima sería contradictoria con lo que refleja el examen médico; por otro lado, lo manifestado por el asignado al caso tampoco demostraría la agresión.

I.1.2. Petitorio

El recurrente solicitó que se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado.

I.2. Admisión del recurso

Mediante Auto Supremo 731/2018-RA de 17 de agosto, cursante de fs. 106 a 108 vta., este Tribunal admitió el recurso de casación interpuesto por el recurrente, para el análisis de fondo