CONSIDERANDO I
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1076/2018
Fecha: 01 de noviembre de 2018
Expediente: LP-17-18-S
Partes: Fernando Postigo Cayro. c/ José Edmundo Villa-Gómez Roig y otros.
Proceso: Nulidad de escritura pública y otro.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación en la forma que cursa de fs. 235 a 238 vta., planteado por Fernando Postigo Cayro, impugnando el Auto de Vista No. S-489/2017 de 26 de octubre (fs. 233 a 234), pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso civil ordinario de nulidad de Escritura Pública y cancelación de registro que sigue el recurrente contra José Edmundo Villa-Gómez Roig y otros, el Auto de concesión de fs. 245, el Auto Supremo de admisión de fs. 252 a 253 vta., y todo lo inherente;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1. Fernando Postigo Cayro con memorial cursante de fs. 18 a 19 y vta., interpuso demanda de nulidad de Escritura Pública y cancelación de registro, en contra de José Edmundo Villa-Gómez Roig, Lucy Magali Zalles de Villa-Gómez, Rita Guerra Muñoz y presuntos herederos, quienes no contestaron a la demanda siendo declarados rebeldes, cuyo trámite culminó con la Sentencia de fs. 146 a 150 vta., declarando probada la demanda
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1076/2018
Fecha: 01 de noviembre de 2018
Expediente: LP-17-18-S
Partes: Fernando Postigo Cayro. c/ José Edmundo Villa-Gómez Roig y otros.
Proceso: Nulidad de escritura pública y otro.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación en la forma que cursa de fs. 235 a 238 vta., planteado por Fernando Postigo Cayro, impugnando el Auto de Vista No. S-489/2017 de 26 de octubre (fs. 233 a 234), pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso civil ordinario de nulidad de Escritura Pública y cancelación de registro que sigue el recurrente contra José Edmundo Villa-Gómez Roig y otros, el Auto de concesión de fs. 245, el Auto Supremo de admisión de fs. 252 a 253 vta., y todo lo inherente;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1. Fernando Postigo Cayro con memorial cursante de fs. 18 a 19 y vta., interpuso demanda de nulidad de Escritura Pública y cancelación de registro, en contra de José Edmundo Villa-Gómez Roig, Lucy Magali Zalles de Villa-Gómez, Rita Guerra Muñoz y presuntos herederos, quienes no contestaron a la demanda siendo declarados rebeldes, cuyo trámite culminó con la Sentencia de fs. 146 a 150 vta., declarando probada la demanda
- CONSIDERANDO I
- II.1. Del recurso de casación en la forma
- El recurrente en la modalidad de forma trae los agravios siguientes
- 4
- II.2. Del recurso de casación en el fondo
- II.3. Contestación al recurso de casación
- III.2. La vulneración del derecho a la defensa y la nulidad procesal
- En el Auto Supremo No
- En correspondencia con lo normado por la Ley 025, el Código Procesal Civil - Ley
- Es en este entendido, siendo que la normativa antes analizada hace referencia a que uno
- En atención a lo mencionado, se infiere que uno de los elementos de la garantía
- En ese sentido, el art
- De esta manera, al ser el derecho a la defensa un derecho fundamental que tienen
- Por lo que, el derecho de toda persona de ser citado y oponerse ante una
- En la forma
- De acuerdo al Certificado de Defunción de José Edmundo Villa-Gómez Roig, (fs
- De donde no cabe duda alguna que José Edmundo Villa-Gómez Roig falleció y
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- POR TANTO: El Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
