Bajo esas consideraciones corresponderá emitir resolución por el infundado
Con relación a la contestación del recurso de casación nos remitimos a los fundamentos explanados en la presente resolución siendo que el recurrente no tiene razón en sus reclamos sostenidos. En cuanto a la valoración de las pruebas se debe estar a la valoración efectuada por el Juez A quo y el Ad quem que han determinado otorgar el derecho propietario al demandado.
Bajo esas consideraciones corresponderá emitir resolución por el infundado
Bajo esas consideraciones corresponderá emitir resolución por el infundado
- Partes: Ridder Raúl Veliz Rodríguez. c/ Rosendo Paco Calamani
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO I
- De las denuncias expuestas por el demandante, Ridder Raúl Veliz Rodríguez, se extraen de manera
- Respuesta al recurso de casación de parte de Rosendo Paco Calamani
- CONSIDERANDO III
- III.1. Respecto a la interpretación extensiva del art. 1545 del Código Civil
- En el Auto Supremo No
- CONSIDERANDO IV
- 2
- 3
- Bajo esas consideraciones corresponderá emitir resolución por el infundado
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regulan los honorarios del abogado que contestó el recurso en la suma de Bs.1000
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
