Respuesta al recurso de casación de parte de Rosendo Paco Calamani
4.- Arguyó violación a los arts. 193 y sgtes. del Código de Procedimiento Civil, siendo que el A quo ordenó a fs. 170 la realización de la prueba pericial (fs. 185 y sgtes.) el mismo que versa en su favor en cuanto a que dicho terreno es de su exclusiva propiedad señalando que corresponde a la jurisdicción del Municipio de Santa Cruz de la Sierra. Pericia que no fue compulsada debidamente.
5.- Manifestó violación del art. 213-3) y 4) del Código de Procedimiento Civil, exponiendo que el Juez A quo y el Tribunal Ad quem han vulnerado el derecho a la legítima defensa, porque no se dio la suficiente valoración a las pruebas, incurriendo en error de hecho y derecho ya que así se tiene por documentos probatorios, inclusive no se pronuncia sobre las costas y costos del proceso según el art. 213.II num. 6) del Código Procesal Civil. Cita la S.C. Nº 1861/2015 de 25 de septiembre y Auto Supremo Nº 318/2016 de 11 de abril. Por lo que, en la Sentencia y el Auto de Vista se observa la carencia de motivación del derecho.
Petitorio:
Solicitó anular la Sentencia y Auto de Vista cuya resolución vulnera el debido proceso en sus componentes de errónea y arbitraria interpretación de la ley, falta de fundamentación, motivación y congruencia como el derecho a la defensa.
Respuesta al recurso de casación de parte de Rosendo Paco Calamani
5.- Manifestó violación del art. 213-3) y 4) del Código de Procedimiento Civil, exponiendo que el Juez A quo y el Tribunal Ad quem han vulnerado el derecho a la legítima defensa, porque no se dio la suficiente valoración a las pruebas, incurriendo en error de hecho y derecho ya que así se tiene por documentos probatorios, inclusive no se pronuncia sobre las costas y costos del proceso según el art. 213.II num. 6) del Código Procesal Civil. Cita la S.C. Nº 1861/2015 de 25 de septiembre y Auto Supremo Nº 318/2016 de 11 de abril. Por lo que, en la Sentencia y el Auto de Vista se observa la carencia de motivación del derecho.
Petitorio:
Solicitó anular la Sentencia y Auto de Vista cuya resolución vulnera el debido proceso en sus componentes de errónea y arbitraria interpretación de la ley, falta de fundamentación, motivación y congruencia como el derecho a la defensa.
Respuesta al recurso de casación de parte de Rosendo Paco Calamani
- Partes: Ridder Raúl Veliz Rodríguez. c/ Rosendo Paco Calamani
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO I
- De las denuncias expuestas por el demandante, Ridder Raúl Veliz Rodríguez, se extraen de manera
- Respuesta al recurso de casación de parte de Rosendo Paco Calamani
- CONSIDERANDO III
- III.1. Respecto a la interpretación extensiva del art. 1545 del Código Civil
- En el Auto Supremo No
- CONSIDERANDO IV
- 2
- 3
- Bajo esas consideraciones corresponderá emitir resolución por el infundado
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regulan los honorarios del abogado que contestó el recurso en la suma de Bs.1000
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
