Auto Supremo AS/1090/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1090/2018

Fecha: 01-Nov-2018

VISTOS: El recurso de casación de fs

VISTOS: El recurso de casación de fs. 333 a 338, interpuesto por Clemente Zelaya Acuña, contra el Auto de Vista Nº 320-bis de fecha 26 de septiembre de 2017, cursante de fs. 324 a 325, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de resolución de contrato por incumplimiento de condición y pago, reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble, más la cancelación de matrícula en Derechos Reales, seguido a instancia de Fundación Integral de Desarrollo (FIDES) representada legalmente por su Presidente Luis Armando Molina Flores contra el recurrente; el Auto de concesión del recurso Nº 07 de fecha 29 de enero de 2018 cursante a fs. 341; Auto Supremo de admisión Nº 85/2018-RA de fs, 346 a 348 que declaró la admisibilidad del recurso, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.- Luis Armando Molina Flores, en su condición de Presidente de la Fundación Integral de Desarrollo (FIDES), mediante memorial de fs. 61 a 64, formuló demanda ordinaria de resolución de contrato por incumplimiento de condición y pago, reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble, más la cancelación de matrícula en Derechos Reales; citado el demandado Clemente Zelaya Acuña, no contestó dentro de plazo, por lo que fue declarado rebelde por Auto de fecha 28 de marzo de 2014 (fs. 92); desarrollándose el proceso en rebeldía del demandado