Auto Supremo AS/1097/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1097/2018

Fecha: 01-Nov-2018

III.6. En cuanto a la verificación judicial de la nulidad

De la relación normativa y doctrinal precedentemente efectuada, se conoce que las partes deben concurrir al negocio jurídico voluntario de buena fe, y expresar en el contrato los términos convenidos de forma clara, expresa y concreta, toda vez que el contrato tiene fuerza de ley entre las partes contratantes, es más los efectos de los contratos no solo alcanzan a las cosas o hechos expresados en ellos como objeto determinado o determinable, sino también respecto de todo lo que por imperio de la ley, de los usos o de la equidad corresponde a la naturaleza del contrato, en esa medida el contrato será interpretado por el juzgador en el marco de la equidad y de la buena fe.
III.6. En cuanto a la verificación judicial de la nulidad