Auto Supremo AS/1137/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1137/2018-RA

Fecha: 20-Nov-2018

En el marco de lo preceptuado en el art

3. Fallo de segunda instancia que fue recurrida de casación por memoriales fs. 1167 a 1168 vta., y de fs. 1171 a 1173 vta., el primero interpuesto por Roxana Saavedra Pallares por sí y en representación de Yenny Reisa, Maikon Remmy, José Luis y Ariel Avelino todos de apellido Saavedra Pallares asimismo por Juan Carlos Colque Calvimontes y María Janeth Quinteros Pallares, y el segundo por Guadalupe Pallares Espada; recursos que son objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución inferior, con la finalidad de que se evalué la decisión asumida; empero, no se debe dejar de lado el hecho de que este principio en determinados casos se encuentra limitado, por diferentes factores tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad deben ser analizados ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico, haciendo una interpretación integral de los arts. 271, 272, 273, 274 y 275 de la Ley Nº 439, podemos concluir que los requisitos a ser analizados son que la resolución admita recurso de casación, el plazo de interposición de recurso, la legitimación procesal para impugnar y el contenido o expresión de reclamos en el recurso de casación