Auto Supremo AS/1146/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1146/2018

Fecha: 26-Nov-2018

Sin embargo, contrariamente a lo advertido por el Tribunal de alzada, de la revisión del

Sin embargo, contrariamente a lo advertido por el Tribunal de alzada, de la revisión del recurso de apelación que cursa de fs. 307 a 308 vta., se observa que Octavio Villán Villanueva después de hacer alusión a los antecedentes del proceso, en el acápite titulado “Fundamentos de recurso” de manera puntual acusó: la vulneración del debido proceso en razón a que no se habrían valorado las pruebas de descargo; que el documento objeto de litis habría cumplido con todos los preceptos, los cuales se vieron expresados en el consentimiento, sin que haya mediado presión, error, dolo o lesión, por lo que la minuta sería pura, simple y de carácter definitivo, por cuanto cumpliría con lo estipulado en el art. 452 del Código Civil; que el Juez A quo no habría valorado en lo más mínimo el fondo de la minuta de transferencia, pues habría hecho enunciación a otro tipo de documentos que no serían el fondo de la presente litis; asimismo, solicita se deje sin efecto lo dispuesto por el Juez de primera instancia, porque el apelante sería el legítimo propietario del bien inmueble; fundamentos estos por los cuales solicitó se revoque la resolución apelada