Auto Supremo AS/1156/2018-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1156/2018-RI

Fecha: 26-Nov-2018

Al margen de lo antes anotado y soslayando lo argumentado, corresponde traer a colación lo

Al margen de lo antes anotado y soslayando lo argumentado, corresponde traer a colación lo expresado en el punto III.2 de la doctrina aplicable, para que nuestro esquema argumentativo sea claro y entendible, a ese fin en dicho tópico se ha precisado en lo que concierne al principio de per saltum, el cual para la materia y este etapa implica que las violaciones que se acusan deben haber sido previamente reclamadas ante el Tribunal de Alzada, a objeto de que estos tomen aprehensión de los mismos y puedan ser resueltos conforme la doble instancia, o sea, el agravio debe ser denunciado oportunamente ante los Tribunales inferiores, y de ningún modo realizarlo recién en el recurso extraordinario de casación, porque no es aceptable el "per saltum", que implica el salto de la o las instancias previas a la intervención del Tribunal de Casación