Auto Supremo AS/1156/2018-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1156/2018-RI

Fecha: 26-Nov-2018

Partiendo de lo anotado e ingresando al análisis de este tópico, claramente del análisis del

Partiendo de lo anotado e ingresando al análisis de este tópico, claramente del análisis del recurso de apelación de fs. 132 a 133 interpuesto por la ahora también recurrente Aurelia Chaca lifonso, se desprende que sus reclamos o agravios invocados (en apelación) tenían como sustento a) errónea valoración de la Resolución Concejal Nº 033/2006 e informe de control de fiscalización nº 051/2015 y b) desconocimiento del art. 6 y 1 de la Ley de inscripción en DDRR concordante con los arts. 2 y 4 de su reglamento, es decir del contrataste de estos reclamos con los invocados en casación, no se denota coincidencia alguna, reiterando en casación se invocó la vulneración de normas constitucionales como ser los arts. 56 y 119 o que no se tomó en cuenta lo construido, o sea que resultan nuevos reclamos no invocados en las instancias inferiores, entonces por sindéresis jurídica y siendo redundantes en aplicación del principio de per saltum antes desglosado, este Tribunal no puede admitir el presente recurso debido ya que para estar a derecho y agotar la doble instancia debió efectivizar estas problemáticas en apelación al no haberlo realizado, corresponde su improcedencia