Auto Supremo AS/0466/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0466/2018

Fecha: 07-Dic-2018

Bajo esas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación,

Por consiguiente, al no haber desvirtuado la parte demandada lo señalado por la demandante, de acuerdo a lo establecido los artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo, por consiguiente, la ruptura de la relación laboral se considera como despido indirecto por falta de pago de asignaciones familiares y el aguinaldo 2014 a favor de la trabajadora, por tanto, corresponde el pago de desahucio, tal como se señala en el auto de vista impugnado.
Bajo esas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación, se ajusta a las normas legales en vigencia, correspondiendo resolver el mismo de acuerdo al artículo 220. II del Código Procesal Civil, aplicable por la permisión del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo