Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0747/2018
Fecha: 12-Dic-2018
-
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
-
Auto de Vista
-
En conocimiento de la Sentencia, el GAM de Cobija interpuso recurso de apelación cursante de
-
En conocimiento del señalado Auto de Vista, el GAM de Cobija, formuló recurso de casación,
-
Y conforme al contrato suscrito, el demandante tenia pleno conocimiento que no gozaría los beneficios
-
4
-
5
-
Petitorio
-
Interpuesto el recurso de casación, contra el Auto de Vista N° 315/2017 de 18 de
-
Expuestos así los argumentos del recurso de casación en el fondo, es necesario realizar las
-
Respecto al pleno conocimiento que afirma que tendría el trabajador, de que no le correspondería
-
3
-
Ahora, el derecho al aguinaldo considerado como un sueldo o salario anual complementario que todo
-
En ese entendido, resulta infundado inferir que la GAM de Cobija al pagar estos derechos
-
Al respecto la doctrina concibe a un derecho adquirido, como: “Aquel respecto del cual se
-
Sobre la no consideración de la SC 0605/2004-R de 22 de abril, y sus alcances
-
A esto debemos añadir, a manera de aclaración que las determinaciones que asumen los impartidores
-
El art
-
En consecuencia las primeras cuatro vacaciones corresponden a periodos de quince días, las cinco siguientes
-
Derechos adquiridos que forman parte del salario percibido por el trabajador, en tal razón, independientemente
-
Sin costas en aplicación del art
-
Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
Otros enlaces de interés: