Auto Supremo AS/0768/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0768/2018

Fecha: 20-Dic-2018

Considera que se infringieron estas normas porque no existe prueba alguna que acredite la convivencia

Considera que se infringieron estas normas porque no existe prueba alguna que acredite la convivencia entre el causante y la beneficiaria en los últimos dos años, por consiguiente la pretensión de esta última no se enmarca a las previsiones de los arts. 45 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDDHH), arts. 158 y 162 de la CPE abrogada