Respuesta a la Casación
Respuesta a la Casación:
Por memorial de fs. 297 a 296, la beneficiaria Felicidad Meneces Vda. de Ricaldez, respondió el recurso de casación, indicando que el recurso no cumple los presupuestos necesarios para su procedencia y viabilidad jurídica, por lo que debe ser declarado improcedente.
Por otra parte, afirma que se realizó la restitución de su partida matrimonial y por consiguiente en mérito a otras pruebas adicionales, se demostró que ella continúa casada con su causante, por lo que debe declararse infundado el recurso
Por memorial de fs. 297 a 296, la beneficiaria Felicidad Meneces Vda. de Ricaldez, respondió el recurso de casación, indicando que el recurso no cumple los presupuestos necesarios para su procedencia y viabilidad jurídica, por lo que debe ser declarado improcedente.
Por otra parte, afirma que se realizó la restitución de su partida matrimonial y por consiguiente en mérito a otras pruebas adicionales, se demostró que ella continúa casada con su causante, por lo que debe declararse infundado el recurso
- Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones
- Ante el Recurso de Reclamación interpuesto por la asegurada (fs
- Interpuesto el Recurso de Apelación por la asegurada (fs
- Argumentos del Recurso de Casación
- Considera que se infringieron estas normas porque no existe prueba alguna que acredite la convivencia
- De igual manera considera que se infringió el art
- También considera que se incurrió en incorrecta aplicación de los arts
- Por último afirmó que en aplicación del art
- Petitorio
- Respuesta a la Casación
- Admisión
- Doctrina aplicable al caso concreto
- Estos derechos, por su naturaleza, son inviolables, universales, interdependientes indivisibles y progresivos, debiendo el Estado
- La jubilación protege a la persona de las contingencias propias de la vejez, considerado como
- Consiguientemente, la renta de viudedad, se encuentra inserta también como un derecho a la seguridad
- Consiguientemente se concluye que el derecho a la Renta Viudedad, constituye un elemento de los
- Al respecto, los art
- Pues si bien estas personas pueden acceder a la sucesión hereditaria al fallecimiento de sus
- Es decir se considera derecho habiente a toda persona que reúne las características y requisitos
- Fundamentación del caso en concreto
- Corroborando ese vínculo civil, se encuentra acreditada la convivencia por los documentos de fs
- Es evidente que conforme evidencian los documentos de fs
- Consiguientemente, en mérito al principio de verdad material previsto por el art
- También se advierte que se apreció por el Tribunal de alzada, la prueba cursante en
- Por consiguiente, se concluye que la determinación asumida por el Tribunal de alzada, se encuentra
- Sin costas ni costos en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
