De todo lo referido se evidencia que, la normativa aplicable a la recuperación de Bs
De todo lo referido se evidencia que, la normativa aplicable a la recuperación de Bs.- 821.000,00 (Ochocientos ventiun mil 00/100 Bolivianos), más intereses legales en concepto del resarcimiento causado al GAMT, compete a la jurisdicción ordinaria Coactiva Fiscal, previa emisión de Dictamen de Responsabilidad Civil emitido por la Contraloría General del Estado, apartada y al margen de la jurisdicción especializada contenciosa, competencia erróneamente atribuida por el GAMT a esta jurisdicción, intentando atribuir a éste órgano jurisdiccional una competencia no comprendida en el art. 42 de la Ley del órgano Judicial, art. 778 del Código de Procedimiento Civil, normas de cumplimiento obligatorio no libradas a la voluntad ni liberalidad de las partes en conflicto; advirtiéndose que el Tribunal de primera instancia adecuó su accionar en forma correcta al emitir el Auto Definitivo N° 18/2017 de 10 de agosto de 2017, cursante de fs. 214-214 vta., rechazando adecuadamente la demanda en aplicación del art. 113, de la Ley N° 439, por considerarla improponible, no siendo consecuentemente, evidente vulneración alguna del art. 3. 1 de la Ley N° 620, como erradamente lo acusó la entidad recurrente
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Manifiesta que la no adjudicación para la provisión de 1000 Tn
- Señala que la responsabilidad penal trae consigo también la responsabilidad civil, no habiendo prosperado la
- Argumenta que, es necesario considerar que en este proceso, que si bien es especial, también
- El art
- A su vez el art
- Respecto a la finalidad del dictamen de responsabilidad civil la Ley N° 1178 en su
- Por su parte el art
- Mediante “INFORME CIRCUNSTANCIADO DE HECHOS SOBRE LA ADQUISISICIÓN DE CEMENTO ASFÁLTICO, MEDIANTE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
- De revisión de antecedentes procesales se acredita que, la recomendación final del informe de la
- Asimismo, y dando continuidad a la revisión del proceso, por recurso de casación en la
- En efecto, de revisión y compulsa de recurso de casación y antecedentes puestos en análisis,
- La Constitución Política del Estado (CPE) en su art
- Asimismo, no debe perderse de vista que, la Constitución Política del Estado en su art
- De todo lo referido se evidencia que, la normativa aplicable a la recuperación de Bs
- Bajo esos parámetros, se concluye no ser evidentes las acusaciones denunciadas en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
