Auto Supremo AS/0777/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0777/2018

Fecha: 20-Dic-2018

Por su parte, la legitimación para interponer el recurso de casación, está prevista en el

Por su parte, la legitimación para interponer el recurso de casación, está prevista en el art. 272 de la norma adjetiva civil citada, estableciendo en forma clara que: “I. El recurso solo podrá interponerse por la parte que recibió un agravio en el auto de vista. II. No podrá hacer uso del recurso quien no apeló de la sentencia de primera instancia ni se adhirió a la apelación de la contraparte, cuando la resolución del tribunal superior hubiere confirmado totalmente la sentencia apelada” (la negrilla es añadida)