Auto Supremo AS/0794/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0794/2018

Fecha: 20-Dic-2018

2

2.- No se ha valorado correctamente la prueba, evidenciando violación del art. 3.j) del Código Procesal del Trabajo (CPT), concordante con los arts. 66 y 150 del mismo cuerpo legal y 271 del Código Procesal Civil (CPC), pues no se ha tomado en cuenta la calidad de trabajo, el horario, las condiciones y la fuente de remuneración de funcionaria provisoria en la documental cursante de fs. 1 a 9, pues no se demostró por parte de la demandante que sus remuneraciones no provienen del Tesoro General de la Nación; además, la demanda carece de prueba, pues nunca existió relación obrero patronal y no se considera el defecto procesal cometido por el juez de la causa, al valorar y apreciar de manera parcializada solamente la prueba documental aportada por la demandante y no así las pruebas de descargo