Auto Supremo AS/0797/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0797/2018

Fecha: 20-Dic-2018

Con referencia a la aplicación del DS Nº 27543 de 31 de mayo de 2004

En este sentido, tomando en cuenta que los aportes reconocidos a la seguridad social de largo plazo al Sistema de Reparto, formarán parte de los aportes para acceder a una jubilación en el SIP, deben ser reconocidos por el ente gestor, en sujeción a los contenidos, postulados y principios constitucionales, que rigen en materia de seguridad social, y en el caso concreto, aplicando el principio de verdad material, en busca de una justicia verdaderamente eficaz y eficiente.
Con referencia a la aplicación del DS Nº 27543 de 31 de mayo de 2004 y la RM Nº 559 de 3 de octubre de 2005, que amplía el art. 14 del aludido DS, sobre el que basa su decisión el Tribunal de apelación, aclaramos que no corresponde su aplicación, toda vez que según lo argumentado líneas arriba, corresponde aplicar el principio de verdad material, siempre precautelando el derecho a la seguridad social y a lo dispuesto por el art. 410 de la CPE, referido a la jerarquía normativa