Auto Supremo AS/0806/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0806/2018

Fecha: 20-Dic-2018

B)

B).- Violación del principio constitucional de seguridad jurídica; al respecto manifiesta que al pretender se deje sin efecto el cobro indebido, se estaría atentando contra el orden público, lesionando los intereses del Estado, y sobre todo crearía una inseguridad jurídica toda vez que de acuerdo al DS. Nº 27066 del 6 de junio de 2006, en su art. 5 inc. h) otorga al Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, la atribución de efectuar la recuperación de aportes en la vía administrativa y/o coactiva social ante la autoridad judicial competente, dentro el marco legal referente a la materia establecida por el art. 223 del Código de Seguridad Social, modificado por el art. 32 del D.L. Nº 10173 de 28 de marzo de 1972, arts. 609 al 612 del Reglamento del Código de Seguridad Social, y el art. 2 del DS. Nº 25809 de 8 de junio de 2000. Que además conforme los reportes de las boletas de pago se evidencia que la derechohabiente cobró la renta de viudedad estando ya casada con Martin Quisbert Mamani, lo que no correspondía, por lo que este hecho no puede validarse judicialmente como contrariamente lo realizo en el Auto de Vista motivo del recurso, por lo que se debe subsanar conforme establece el art. 15 de la L.O.J