Auto Supremo AS/0806/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0806/2018

Fecha: 20-Dic-2018

Conforme a los fundamentos del recurso de casación interpuesto por el SENASIR, se infiere que

Conforme a los fundamentos del recurso de casación interpuesto por el SENASIR, se infiere que el recurrente controvierte la decisión asumida en el Auto de Vista Nº 087/2018 de 4 de julio, que revoca en parte la R.A. 119/2017 de 3 de marzo, y deja sin efecto la recuperación de lo indebidamente cobrado por el Elsa Delgadillo, en ese sentido ésta Sala para dar una respuesta a su pretensión demandada primeramente realizará las siguientes consideraciones de orden legal:
Es preciso dejar previamente establecido que en la facultad de revisión de la institución hoy recurrente (SENASIR), este debe considerar entre otros, el principio de sometimiento pleno a la ley contenido en el artículo 4. c) de la Ley del Procedimiento Administrativo, es decir, que sus actos estén regidos con sometimiento pleno a la ley, como también, el art. 116-I de la C.P.E. referente a la presunción de inocencia, garantizando de tal manera el debido proceso a los asegurados o rentistas; en ese sentido, el artículo 477 del Reglamento al Código de Seguridad Social, establece que: “…La revisión que revocare la prestación concedida o redujere su monto, no surtirá efecto retroactivo respecto a las mensualidades pagadas, excepto cuando se comprobare que la concesión obedeció a documentos, datos o declaraciones fraudulentas. En éste último caso la Caja exigirá la devolución total de las cantidades indebidamente entregadas” (sic)