Auto Supremo AS/0806/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0806/2018

Fecha: 20-Dic-2018

C)

C).- Violación del carácter obligatorio de las disposiciones sociales; siendo que para el presente caso existen disposiciones especiales contempladas en el art. 68 del MPRCPA, que son de cumplimiento obligatorio por ser de orden público, acuerdo al parágrafo I) del art. 48 de la C.P.E., por consiguiente correspondería la devolución de lo indebidamente cobrado en correspondencia al art. 68 del MPRCPA y R.A. Nº 044 de 18 de julio de 2001, en su art. 2 literal b)