De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 19/16 de 11 de abril de 2016 (fs. 2746 a 2748 – Procedimiento Abreviado), Denis Suarez Falcón y Andrés Olvy Salazar Justiniano, fueron sentenciados a tres años de reclusión por los delitos de Asociación Delictuosa, Amenazas, Allanamiento de Domicilio o sus Dependencias y Robo Agravado, previstos por los arts. 132, 293, 298 y 332 del CP. Asimismo, mediante Sentencia 09/17 de 20 de febrero de 2017 (fs. 2988 a 2997), el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Abel Héctor Parada Melgar, culpable del delito de Robo Agravado sancionado por el art. 332 incs. 1) y 2) del CP, imponiendo la pena de siete años de presidio, más costas a calificarse en ejecución de sentencia, siendo absuelto de los demás delitos endilgados en su contra
- Por memorial presentado el 4 de septiembre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el imputado Abel Héctor Parada Melgar (fs
- II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo 118/2015-RRC de 24 de febrero, no implica
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En relación al primer motivo, el recurrente aduce que para disponer la improcedencia de la
- En el análisis del motivo expuesto, el recurrente cita como precedente contradictorio el Auto Supremo
- Respecto al segundo motivo, aduce que la motivación de los fallos, deben ser expresa, clara,
- De la compulsa de los argumentos expuestos por el recurrente, se observa una falta adecuada
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
