Auto Supremo AS/1169/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1169/2018

Fecha: 03-Dic-2018

Al respecto, tomando en cuenta lo descrito en el punto III

Al respecto, tomando en cuenta lo descrito en el punto III.1. de la doctrina aplicable, se debe tener presente que de acuerdo a lo establecido por el art. 450 del Código Civil, una relación contractual emerge cuando dos o más personas se ponen de acuerdo para constituir, modificar o extinguir entre sí una relación jurídica patrimonial, de tal manera que todo contrato debe ser ejecutado de buena fe y obliga no sólo a lo que se ha expresado en él, sino también a todos los efectos que deriven de su naturaleza (art. 520 del citado Código), de ahí que el art. 291 ibídem establece que el deudor debe proporcionar el cumplimiento exacto de la prestación asumida, así como el acreedor exigir se haga efectiva dicha prestación por los medios que la ley establece, entonces la normativa descrita nos permite inferir que el contrato es la principal fuente de obligaciones de contenido patrimonial, las cuales deben ser cumplidas por las partes en la forma como han sido convenidas