Auto Supremo AS/1171/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1171/2018

Fecha: 03-Dic-2018

Lo expuesto hasta ahora sin duda ha originado que lo sustanciado en este proceso y

Lo expuesto hasta ahora sin duda ha originado que lo sustanciado en este proceso y lo resuelto por los juzgadores de instancia no sea eficaz en derecho, y que se haya vulnerado la seguridad jurídica tanto a la parte demandante como para los demandados, pues de haberse dado cumplimiento a la exigencia de integrar a la Litis a José Sarate Mamani, no se estuviera ante esta contingencia, empero ante la carencia de ese hecho, indudablemente se pone en duda en que calidad otorgo el apellido al actor, puesto que si bien es obligación de la impetrante acreditar este aspecto, lo es también de la autoridad judicial que a efectos de no generar indefensión, ni transgredir derecho alguno, se encuentra facultado para encauzar adecuadamente el proceso, en cuyo entendido, ésta autoridad debe agotar todos los mecanismos necesarios para averiguar los hechos de la filiación demandada