Indica que los argumentos utilizados por el juez para declarar improbada la demanda de excepción
Indica que los argumentos utilizados por el juez para declarar improbada la demanda de excepción de prescripción son subjetivos y confusos, pues conforme el documento de fecha 18 de diciembre de 2009 se tiene que existe una obligación pendiente de pago de saldo de $us. 5.000 que debería ser cancelado hasta 30 de abril de 2010, hecho que motivo al demandante iniciar la presente demanda, comenzando con una conciliación previa en fecha 8 de agosto de 2016 formalizando la demanda en fecha 27 de septiembre de 2016, notificando al demandado en fecha 27 de octubre de 2016, quien se opuso a la demanda y presentó excepción de prescripción en fecha 4 de noviembre de 2016, por cuanto el juez para resolver dicha excepción debió realizar el análisis de jurisprudencia vinculante y realizar el cómputo de los cinco años transcurridos posteriores a la fecha de vencimiento del plazo
- Partes: Martín Pérez Villarroel c/ Benigno Mendoza López
- Proceso: Resolución de contrato
- Distrito: Oruro
- Resolución de primera instancia que fue recurrida en apelación por Benigno Mendoza López mediante memorial
- Indica que los argumentos utilizados por el juez para declarar improbada la demanda de excepción
- Por cuanto de la revisión de obrados se tiene que ya estuvo operada la prescripción
- De las denuncias expuestas por la parte recurrente Martín Pérez Villarroel mediante memorial de fs
- De la revisión de obrados se puede establecer que Benigno Mendoza López mediante memorial cursante
- Por lo expuesto y al amparo del art
- CONSIDERANDO III
- Al respecto el Auto Supremo Nº 216/2015 de 06 de abril ha orientado este tema
- Como se tiene señalado precedentemente, la ley ha previsto causas que interrumpen la prescripción de
- Asimismo, el Auto Supremo Nº 205/2016 de fecha 11 de marzo sobre el mismo tema
- En ese marco, la doctrina establece dos presupuestos para la prescripción, al respecto Díez-Picazzo y
- La falta de ejercicio del derecho es la inercia o la inactividad del titular ante
- En virtud a lo expuesto, la prescripción para surtir el efecto extintivo del derecho debe
- Y en cuanto al comienzo de la prescripción el art
- CONSIDERANDO IV
- Al respecto se debe señalar conforme a lo desglosado en la doctrina aplicable al caso
- En ese entendido y de la revisión de obrados se tiene que a fs
- Asimismo de la revisión de obrados se tiene que el demandante ahora recurrente planteó conciliación
- Corrida en traslado la demanda en fecha 07 de octubre de 2016 se notificó al
- Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no fueron
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizú.
