Al respecto de la revisión del proceso a fs
Al respecto de la revisión del proceso a fs. 157 se puede advertir un formulario de citaciones y notificaciones, donde se evidencia la notificación a Edgar Tavera Cruz, en representación de la Agencia Despachante de Aduanas “Tavera”, con memorial de fs. 155 y Auto de fs. 156 en conformidad a los arts. 73 y ss., 82 y ss., de la Ley N° 439, por lo que al haberse notificado legalmente no corresponde la acusación descrita en dicho agravio, sin embargo, los arts. 73 al 88 del Código Procesal Civil describen a la citación y notificación, como parte del régimen de comunicación procesal. Así el art. 82 de dicha norma, dispone ad literam: “Después de las citaciones con la demanda y la reconvención, las actuaciones judiciales en todas las instancias y fases del proceso deberán ser notificadas a las partes en la secretaria del juzgado o tribunal o por medios electrónicos, conforme a las disposiciones de la presente Sección”. Esto quiere decir, que para el caso de notificación con Auto de señalamiento de audiencia preliminar, la formalidad establecida es precisamente la notificación en estrados judiciales; razón por la cual no es evidente lo afirmado por el Ad quem, en sentido de que se vulneró el derecho a la defensa de la parte demandada, así lo estable el Código Procesal Civil
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- Concluyó que la Sentencia fue dictada de forma incorrecta, sin cumplir los parámetros legales, toda
- Indicó también que en la audiencia preliminar (fs
- CONSIDERANDO II
- 1
- Solicitó se revoque el Auto de Vista y se confirme la Sentencia
- CONSIDERANDO III
- La Ley Nº 025 con el fin de dar continuidad al proceso incorporó un nuevo
- Por otra parte, el art. 17 del mismo cuerpo normativo establece
- En correspondencia con lo normado por la Ley 025, el Código Procesal Civil - Ley
- Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia en sus diversos fallos, entre ellos el Auto
- Principio de finalidad del acto
- Principio de Conservación
- Principio de Convalidación
- Principio de preclusión
- Principios y disposiciones legales marcan el límite de la actuación de los Jueces vocales y
- III.2. Notificaciones en estrados
- Corresponde citar la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 1089/2015-S3 de 5 de noviembre, en el que
- De acuerdo a la problemática planteada en el presente caso, es pertinente referirse en primera
- El Diccionario Enciclopédico de Cabanellas, al hablar de la notificación, se refiere a "…la diligencia
- Así, el fundamento de la notificación judicial es asegurar la efectiva vigencia del principio de
- Cuando la parte a quien deba notificarse concurriere al juzgado, será notificada por la o
- Por principio, las actuaciones judiciales, en todos los grados, serán inmediatamente notificadas a las partes
- III.3. Del litisconsorcio
- En el ámbito doctrinario, podemos citar la opinión de Escriche quien refiere: “… litisconsorte es
- CONSIDERANDO IV
- Al respecto de la revisión del proceso a fs
- Al respecto de los antecedentes del proceso se advierte que no existe relación contractual con
- Por lo expuesto corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
