Auto Supremo AS/1174/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1174/2018

Fecha: 03-Dic-2018

Al respecto de la revisión del proceso a fs

Al respecto de la revisión del proceso a fs. 157 se puede advertir un formulario de citaciones y notificaciones, donde se evidencia la notificación a Edgar Tavera Cruz, en representación de la Agencia Despachante de Aduanas “Tavera”, con memorial de fs. 155 y Auto de fs. 156 en conformidad a los arts. 73 y ss., 82 y ss., de la Ley N° 439, por lo que al haberse notificado legalmente no corresponde la acusación descrita en dicho agravio, sin embargo, los arts. 73 al 88 del Código Procesal Civil describen a la citación y notificación, como parte del régimen de comunicación procesal. Así el art. 82 de dicha norma, dispone ad literam: “Después de las citaciones con la demanda y la reconvención, las actuaciones judiciales en todas las instancias y fases del proceso deberán ser notificadas a las partes en la secretaria del juzgado o tribunal o por medios electrónicos, conforme a las disposiciones de la presente Sección”. Esto quiere decir, que para el caso de notificación con Auto de señalamiento de audiencia preliminar, la formalidad establecida es precisamente la notificación en estrados judiciales; razón por la cual no es evidente lo afirmado por el Ad quem, en sentido de que se vulneró el derecho a la defensa de la parte demandada, así lo estable el Código Procesal Civil