Auto Supremo AS/1174/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1174/2018

Fecha: 03-Dic-2018

En el ámbito doctrinario, podemos citar la opinión de Escriche quien refiere: “… litisconsorte es

En el ámbito doctrinario, podemos citar la opinión de Escriche quien refiere: “… litisconsorte es aquel que litiga por la misma causa o interés que otro, formando con él una sola parte, ya sea de actor o de reo demandado en pleito…”, por su parte Couture define al litisconsorcio como: “la situación jurídica en que se hallan diversas personas que actúan en juicio conjuntamente como actores (litisconsorcio activo) o como demandadas (litisconsorcio pasivo) para deleitar sobre el instituto corresponde señalar que la palabra litisconsorcio se encuentra compuesto del latín “litisconsors” (Litis, conflicto; con, junto; y sos, junto)”, de acuerdo a la clasificación doctrinaria existe el litisconsorcio voluntario y necesario, el primero, que de común acuerdo los litigantes permiten que participe un tercero, a quien estará a las expectativas de la resolución debatida, y el segundo cuando, radica la existencia de resguardar el derecho de defensa en el proceso de todos los interesados a quienes ha de ampliarse la cosa juzgada