Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1222/2018
Fecha: 11-Dic-2018
III.2. De la competencia
III.2. De la competencia
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Tarija y otros
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Distrito: Tarija
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El Juez Público Civil y Comercial Sexto de la ciudad de Tarija en audiencia preliminar
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Fallo de primera instancia que al ser apelada por la actora, fue resuelto por Auto
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Resolución de segunda instancia que a su vez es recurrido de casación por la parte
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CONSIDERANDO III
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III.1. De la nulidad de oficio
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El art
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Al respecto, el art
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III.2. De la competencia
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III.3. De la competencia para la sustanciación de la contención de actos administrativos
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Sobre el tema de la competencia contenciosa administrativa referente a Resoluciones Municipales, a través
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Para el tratadista Hugo Caldera, "El Acto Administrativo constituye una exteriorización unilateral de competencia por
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Como se podrá advertir, el acto administrativo es una declaración unilateral del funcionario o autoridad
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a
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Sin embargo, la justicia Constitucional a través de la acción de amparo Constitucional no puede
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Entonces para no dejar en indefensión al ciudadano frente al poder público y específicamente los
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La interpretación antes dicha emerge de la interpretación del art
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Bajo esa interpretación Constitucional, es que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia ha
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Así de esta manera conforme a los arts
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De acuerdo a la relación cronológica de antecedentes legales que sustentan la vía del proceso
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Conocer y resolver las demandas contenciosas administrativas a nivel departamental, que resultaren de la oposición
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“…Al respecto, esta petición no es del todo correcta, pues no puede impugnarse las escrituras
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Que, la Jurisdicción es la potestad que tiene el Estado de administrar justicia por medio
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III.4. De la nulidad del registro en Derechos Reales
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En principio corresponde referir que las figuras que reconoce nuestro ordenamiento jurídico para dejar sin
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Ahora tomando en cuenta que al provenir el registro de un título, para la invalidez
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3) Se declare judicialmente la nulidad del título en virtud del cual se ha hecho
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Asimismo el Auto Supremo AS Nº 705/2014 de fecha 2 de diciembre, en consonancia ha
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A mayor abundamiento el Auto Supremo Nº 376/2015 de fecha 2 de Junio 2015
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CONSIDERANDO IV
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-Y en lo que corresponde a la documentación que pretenden declarar nula, expresan que por
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-La Alcaldía cumpliendo aquella disposición del concejo municipal suscribe una minuta de transferencia que posteriormente
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-Posteriormente mediante escritura pública Nº 2493/2008 de 8 de diciembre, los funcionarios del municipio advertidos
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-En suma concluyen que una vez adquirido su lote de terreno y habiendo ausentado de
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Ahora bien, si bien los arts
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Consiguientemente, se concluye que en el caso de Autos, tanto el Juez A quo ni
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Por todo lo expuesto, corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia fallar en la forma
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Siendo excusable el error en que han incurrido los Vocales del Tribunal de Segunda Instancia
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De conformidad a lo previsto en el art
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berríos Albizu.
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