Auto Supremo AS/1229/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1229/2018

Fecha: 11-Dic-2018

Estando debidamente asignada por ley, la competencia para el conocimiento y resolución de todo litigio

Estando debidamente asignada por ley, la competencia para el conocimiento y resolución de todo litigio emergente de la interpretación, controvertida y de la ejecución de los contratos administrativos a determinadas instancias del Órgano Judicial con carácter especial, resulta contrario a las reglas de competencia jurisdiccional someter esas controversias a los jueces ordinarios de materia civil o comercial, lo que encontraría sanción en lo previsto por el art. 122 de la Constitución Política del Estado, que establece que: “Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley”