Auto Supremo AS/1229/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1229/2018

Fecha: 11-Dic-2018

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

En consecuencia, corresponde dictar resolución conforme manda el art. 220.II del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 3544 a 3550, interpuesto por Mario Fabricio Castro Cordero en representación de FONDESIF contra el Auto de Vista Nº S-329/2017 de 04 de septiembre cursante de fs. 3493 a 3494 vta., pronunciado por la Sala Civil Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Sin costas ni costos