Partes: Victoria Sonia Dávila Paco de Toconas
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1240/2018
Fecha: 11 de diciembre de 2018
Expediente: O-7-18-S
Partes: Victoria Sonia Dávila Paco de Toconas. c/ María Valentina Dávila Méndez, Eugenio Dávila Méndez y Luis Dávila Méndez
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1240/2018
Fecha: 11 de diciembre de 2018
Expediente: O-7-18-S
Partes: Victoria Sonia Dávila Paco de Toconas. c/ María Valentina Dávila Méndez, Eugenio Dávila Méndez y Luis Dávila Méndez
- Partes: Victoria Sonia Dávila Paco de Toconas
- Proceso: División y partición de bien inmueble
- Distrito: Oruro
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- 4
- Por lo expuesto solicita se anule el Auto de Vista y se ordene la emisión
- De la respuesta a los recursos de casación
- De la revisión de obrados se advierte que pese a la legal notificación de los
- En razón a dichos antecedentes diremos que
- III.1. De la sustracción de materia
- Finalmente a manera de ahondar más sobre la temática, la Corte Constitucional de Colombia en
- No obstante, cuando la situación de hecho que causa la supuesta amenaza o vulneración del
- Hay carencia actual de objeto cuando la orden que pudiera adoptar el juez de tutela
- Conforme a lo desarrollado en el considerando anterior, corresponde a continuación realizar las siguientes consideraciones
- En virtud a estas consideraciones, se infiere que si bien en la matricula computarizada Nº
- En tal sentido, al haberse generado la “sustracción de materia” en la litis, no
- Por lo expuesto corresponde, emitir resolución declarando la extinción del proceso, sin necesidad de absolver
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizu.
