Auto Supremo AS/1253/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1253/2018

Fecha: 11-Dic-2018

CONSIDERANDO II

En cuanto al mal de Parkinson que padecía la Sra. Levy el cual no le impedía firmar, por lo que la E.P. Nº 147/2008, goza de firmeza, validez y legalidad, entre partes, encontrándose acreditados por los certificados médicos, que describen que la Sra. Levy tenía plena salud mental y de discernimiento, corroborado por la testifical (fs. 689), quien alegó haber sido la abogada de la Sra. Levy y que ella redactó las instructivas de poder o Escritura Pública Nº 147 a pedido de la propietaria, corroborado por las declaraciones de fs. 692, 695 y 698.
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
En la forma
1. Acusó que el Auto de Vista al no resolver los puntos de apelación, infringió el art. 265.I del Código Procesal Civil, además de no haberse pronunciado sobre la cosa litigada, el dolo como vicio de consentimiento, omisión que conculca el art. 213.I del mismo cuerpo de leyes.
De fondo