Auto Supremo AS/1253/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1253/2018

Fecha: 11-Dic-2018

En cuanto a que el demandado hubiera procedido a la venta de gran parte de

En cuanto a que el demandado hubiera procedido a la venta de gran parte de los terrenos y no entregó los dineros provenientes de esas ventas a su poder conferente, por lo que el dolo denunciado por no fue demostrado, más aun de la traducción del poder otorgado por Eloisa Levy Barbosa en fecha 21 de marzo de 2001 (fs. 66 a 67), se constata que otorgó también poderes para comprar y vender bienes muebles e inmuebles, pudiendo para tal firmar contratos de promesa de compra venta, Escrituras Públicas definitivas, pagar y recibir, por lo que al no haberse entregado los dineros provenientes de la venta de terrenos de la mandante, correspondía a esta demandar oportunamente la rendición de cuentas en vía judicial conforme los arts. 636.7) y 687 del CPC vigentes a momento de expedirse el indicado poder, con carácter previo a la suscripción de la E.P. Nº 147/2008 cuya anulabilidad se demanda, indicando que el apoderado habría realizado ventas ilegales de terreno sin tener facultad para hacerlo