Auto Supremo AS/1268/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1268/2018

Fecha: 11-Dic-2018

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Distrito: Chuquisaca.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 183 a 186 Vta., interpuesto por Felicia Choque Barrera de Gómez contra el Auto de Vista 95/2018 de 27 de marzo cursante de fs. 178 a 181, pronunciados por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario de prescripción a suceder seguido por Felicia Choque Barrera de Gómez contra Alejandro Azurduy Morales y otro, la respuesta de fs. 189 a 191 vta., Auto de concesión del recurso de fs. 189, Auto Supremo de admisión Nº 398/2018-RA de 21 de mayo, cursante de fs. 193 a 194 vta., los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Planteada la demanda de prescripción de derecho a suceder por parte de Felicia Choque Barrera de Gómez contra Alejandro Azurduy Morales y otro, se encuentra la ahora recurrente impetrando la prescripción del derecho sucesorio de los demandados Alejandro Azurduy Morales y Miguel Ángel Azurduy Choque a declarase herederos de su esposa y madre Fermina Lourdes Choque Barrera al haberse realizado el trámite de declaratoria de herederos después de 17 años y seis meses contados a partir del 30 de agosto de 1980 fecha en la que falleció su causante Fermina Lourdes Choque Barrera habiendo transcurrido el plazo señalado en el art. 1456.II del Código Civil concordante con el art. 1029 del mismo cuerpo legal. Presenta un incidente de nulidad de obrados la parte demandada (Miguel Ángel Azurduy Choque y Alejandro Azurduy Morales), a fs. 74, en fecha 31 de mayo de 2016, siendo rechazado mediante Auto de Vista de 3 de junio de 2016, a fs. 77 y vta., bajo el fundamento que debieron recurrir de apelación dicha resolución y no interponer de manera extemporánea el incidente de nulidad