Auto Supremo AS/1269/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1269/2018

Fecha: 18-Dic-2018

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3.- Manifiesta que los tribunales de grado, señalaron que no existe el objeto en el documento de transferencia plasmado en la Escritura Pública Nº 478/2001, pues ha sido realizado en virtud a su derecho sucesorio inscrito bajo la matricula computarizada Nº 2010990029985 y por autorización expresa de la demandante, tomando en cuenta además la renuncia expresa de derechos que realiza la demandante a favor del recurrente mediante documento privado del año 2000.
4.- Acusa que las resoluciones emitidas por los jueces de grado, carecen de fundamento jurídico, al haber subsumido la venta de una porción de terreno, en la figura de nulidad de contrato y no de anulabilidad, existiendo una declaración expresa de la demandante que no existió consentimiento para la venta, por lo cual la demanda debió haber sido declarada IMPROBADA