Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/1271/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1271/2018

    Fecha: 18-Dic-2018

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Angélica Reynolds Gutiérrez c/ Claudia Riveros Barbato
    • Proceso: Usucapión decenal
    • Distrito: La Paz
    • CONSIDERANDO I
    • 2
    • De las denuncias expuestas por la parte recurrente, a manera de resumen se extrae lo
    • 3
    • De la respuesta al recurso de casación
    • 1
    • Que, el recurso interpuesto, no especifica, no precisa y menos determina si se recurre de
    • Por las razones expuestas solicita se declare infundado el recurso de casación, con imposición de
    • CONSIDERANDO III
    • La SC 0731/2010-R de 26 de julio puso énfasis en los principios que rigen las
    • En concordancia con éste último principio se tiene a la impugnación tardía de las nulidades,
    • Supuestos relacionados con el principio de preclusión, entendido como la clausura definitiva de cada una
    • El criterio jurisprudencial que fue reiterado en la SCP Nº 0876/2012 de 20 de agosto,
    • III.2. Sobre los presupuestos de la usucapión decenal o extraordinaria
    • La usucapión es un modo de adquirir la propiedad por haberla poseído durante el tiempo
    • En ese orden, en lo referente a la usucapión decenal o extraordinaria, respecto al primer
    • Ahora bien en cuanto al segundo presupuesto, se tiene que el elemento esencial en este
    • Finalmente, en el caso de que se acredite que existe posesión, en sus dos elementos,
    • CONSIDERANDO IV
    • Para responder a los reclamos formulados en los puntos 1 y 2, se debe realizar
    • Empero lo ahora reclamado, conforme a la doctrina desglosada en el punto III
    • Cabe señalar, que la autoridad judicial en el estudio de la prueba, se restringe a
    • Del contraste de todo el universo probatorio, se advierte que no se cumplen los requisitos
    • Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso (fondo), conforme a lo
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se regulan los honorarios profesionales para el abogado que contestó el recurso en Bs. 1.000
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca