Auto Supremo AS/1278/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1278/2018

Fecha: 18-Dic-2018

4) El Tribunal de Alzada no consideró los argumentos vertidos en su memorial de apelación

Arguye también al amparo de los arts. 115.II y 119.I y II de la Constitución Política del Estado que no consideró los memoriales que presento, tampoco los fundamentos de hecho y de derecho presentados en su memorial de alegatos habiéndose limitado a decretar autos para sentencia, asimismo observa que la sentencia en el punto de hechos no probados no se consideró que el demandante no ha cumplido con la carga de la prueba en relación al punto 4 de hechos a probarse que estableció en el auto de calificación del proceso en el que se establece que el demandante debe probar que su persona es el titular del inmueble en infracción del debido proceso, además del derecho a la defensa pues dio a conocer que no se demostró el numeral 4 de los hechos a probarse pues debió probarse que su persona es titular del inmueble aspecto trascendental en el proceso de usucapión al no haberse demostrado con exactitud con prueba documental que sea el titular, lo cual hubiera dado otro curso al fallo de la sentencia, hechos, omisiones, negligencias y vicios que atribuye a la parte demandante.
4) El Tribunal de Alzada no consideró los argumentos vertidos en su memorial de apelación